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Derechos de las personas migrantes. Reconocimiento de la condición de refugiado. 

  • Juicio de amparo indirecto 359/2014

Derechos de las personas migrantes. Reconocimiento de la condición de refugiado. 

Sentencia. Materia administrativa. 

Acto reclamado: La omisión de comunicar a la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda para Refugiados, el recurso interpuesto en contra de la resolución que negó su solicitud de reconocimiento de condición de refugiado.

Determinación: Atendiendo a la situación de desventaja en que se encontraba el quejoso con motivo de la situación de alojamiento en la estación migratoria, la autoridad responsable, para respetar el derecho que tenía para acceder al recurso de revisión legalmente previsto, debió interpretar las disposiciones de la forma más favorable en relación con su situación, lo que implicaba que las manifestaciones que realizó en la comparecencia se equipararan a la interposición del citado recurso, para que resultara efectivo el derecho a la tutela judicial y acceso de justicia. 

Se concede el amparo. 

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Derechos de las personas Migrantes. Reconocimiento de la condición de Refugiado.

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