Acuerdo Cenace. Competencia Económica.
- Juicio de amparo indirecto 128/2020
Acuerdo Cenace. Competencia Económica.
Sentencia. Materia administrativa subespecializada.
Acto reclamado: Acuerdo para garantizar la eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional, con motivo del reconocimiento de la epidemia de enfermedad por el virus SARSCoV2 (Covid-19), de veintinueve de abril de dos mil veinte; así como su Anexo único.
Determinación: El acuerdo reclamado fue emitido por autoridad incompetente y carece de motivación; genera efectos contrarios a los principios de competencia y libre concurrencia en el sector eléctrico, lo que implica además privar a los consumidores de la oportunidad de contar con tarifas eléctricas más accesibles. Por otra parte, provoca incertidumbre sobre el despacho de centrales eólicas o fotovoltaicas que ya se encuentran en operación.
Se concede el amparo. La sentencia tiene efectos generales, es decir, comprenden no solamente a las quejosas, sino a todos los participantes del mercado eléctrico mayorista que le resulten aplicables las disposiciones contenidas en el acuerdo reclamado a fin de evitar distorsiones en el mercado, afectando la competencia y el desarrollo del sector.
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